Te han golpeado por detrás en un atasco de la M-30, has sufrido una caída en moto por la Castellana o un error en un hospital de Madrid te ha dejado secuelas. La aseguradora o la Administración te ofrecerán una cantidad, pero no siempre es la que te corresponde. Calculamos tu indemnización con el baremo legal, revisamos los informes médicos y reclamamos hasta obtener una compensación justa por tus lesiones, gastos y pérdidas.
Qué reclamaciones llevamos en Madrid
- Accidentes de tráfico: colisiones, atropellos, accidentes de moto, bicicleta y patinete.
- Lesiones y secuelas: días de baja, secuelas físicas y psicológicas, perjuicio estético y lucro cesante.
- Reclamación a la aseguradora: análisis de la oferta motivada y negociación.
- Negligencias en la sanidad pública: reclamaciones de responsabilidad patrimonial frente al Servicio Madrileño de Salud.
- Negligencias en la sanidad privada: reclamaciones contra clínicas, profesionales y sus aseguradoras.
- Fallecimientos: indemnización a los familiares por la pérdida de un ser querido.
Plazos y reglas que debes conocer
En los accidentes de tráfico, la indemnización se calcula con el baremo de la Ley 35/2015, que valora los días de curación, las secuelas y los perjuicios patrimoniales, y se actualiza cada año. Antes de demandar hay que presentar una reclamación a la aseguradora, que tiene tres meses para hacer una oferta motivada o dar una respuesta motivada. Si se retrasa sin causa justificada, debe pagar intereses de demora.
La acción para reclamar por un accidente prescribe, con carácter general, en un año desde que se conocen las secuelas definitivas, normalmente con el alta médica. La reclamación a la aseguradora interrumpe ese plazo.
En la sanidad pública, la reclamación de responsabilidad patrimonial debe presentarse en un año desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. Hay que probar que la asistencia no se ajustó a la buena práctica médica, y para ello es clave un informe pericial independiente. En la sanidad privada reclamamos al centro, al profesional y a su aseguradora, que responde directamente frente al paciente; el plazo varía según exista o no un contrato de por medio, por lo que conviene consultarlo pronto.
Si viajabas como ocupante, aunque el conductor fuera un familiar, tienes derecho a ser indemnizado por el seguro. Y si el accidente ocurrió yendo o volviendo del trabajo, además de la indemnización puede tener la consideración de accidente laboral, con mejores prestaciones durante la baja.
Dónde se tramita en Madrid
1. Aseguradora del responsable. La reclamación de un accidente se dirige a la compañía del vehículo culpable. Si no tenía seguro o se dio a la fuga, responde el Consorcio de Compensación de Seguros.
2. Sección Civil del Tribunal de Instancia. Si no hay acuerdo, demandamos en la Sección Civil del lugar del accidente o del domicilio del demandado. En Madrid capital tiene su sede en la calle Poeta Joan Maragall, 66; en la provincia, en partidos como Alcobendas, Majadahonda, Getafe o Alcalá de Henares.
3. Servicio Madrileño de Salud. Las negligencias en hospitales y centros de salud públicos, como La Paz, el 12 de Octubre o el Gregorio Marañón, se reclaman ante la Comunidad de Madrid por responsabilidad patrimonial. Si se desestima, se recurre en la jurisdicción contencioso-administrativa.
Cómo trabajamos
- Nos envías por WhatsApp o email el parte, el atestado y los informes médicos que tengas.
- Valoramos el caso, estimamos la indemnización y te explicamos las opciones y el coste.
- Presentamos la reclamación a la aseguradora o a la Administración y, si hace falta, encargamos el informe pericial.
- Negociamos la oferta y, si no es suficiente, demandamos y defendemos tu reclamación en juicio.
Qué documentación necesitamos
- Parte amistoso o atestado policial del accidente.
- Informes de urgencias, de seguimiento, de rehabilitación y de alta.
- Bajas laborales y justificantes de gastos médicos, de transporte o de reparación.
- Historia clínica completa, en caso de negligencia médica.
- Datos de testigos y fotografías del accidente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por un latigazo cervical?
Depende de los días de curación, de si hubo baja laboral y de las secuelas que queden. El baremo exige que las lesiones leves de columna estén acreditadas con un informe médico, por eso conviene acudir a urgencias desde el primer momento.
¿Tengo que aceptar la oferta de la aseguradora?
No. Puedes rechazarla y reclamar la cantidad que consideres justa. Antes de aceptar, revisamos si la oferta incluye todos los conceptos del baremo.
¿Qué hago si me atropellan con un patinete en Madrid?
Hay que identificar al conductor y, si es posible, su seguro. Si no lo tiene, la reclamación puede dirigirse contra él directamente. Guarda testigos, fotos y el informe de urgencias.
¿Cómo sé si ha habido negligencia en un hospital del SERMAS?
Pedimos tu historia clínica completa y un médico perito la revisa. Solo si hay una desviación de la buena práctica médica relacionada con el daño merece la pena reclamar.
¿Cuánto tarda una reclamación por negligencia médica?
La vía administrativa suele durar meses y, si después hay que ir a los tribunales, el proceso se alarga. Por eso es importante presentar la reclamación bien documentada desde el principio.
¿Lleváis accidentes en cualquier punto de la Comunidad de Madrid?
Sí. Reclamamos accidentes ocurridos en Madrid capital, en la M-40, la A-6 o en cualquier municipio de la provincia, gestionándolo todo por email y WhatsApp.
Cuéntanos tu caso
Escríbenos por WhatsApp o llámanos al 611 190 309, o envíanos un email a info@martinezcastroabogados.com con el parte, los informes médicos y un resumen de lo ocurrido. Te contestamos con una valoración de tu caso.
Contenido revisado por el equipo de Martínez Castro Abogados. Información general: cada caso requiere un estudio concreto.