Firmaste tu hipoteca hace años en una sucursal de Sevilla y ahora descubres que tenía una cláusula suelo, que pagaste todos los gastos de constitución o que tu préstamo está referenciado al IRPH. O, al contrario, tienes dificultades para pagar y el banco amenaza con ejecutar. En los dos casos hay margen para actuar. Revisamos tu escritura, reclamamos lo pagado de más y te defendemos frente a la ejecución.
Qué asuntos hipotecarios llevamos en Sevilla
- Cláusula suelo: nulidad y devolución de lo cobrado de más.
- Gastos de hipoteca: reclamación de notaría, registro, gestoría y tasación pagados por ti.
- IRPH: análisis de la transparencia del índice en tu préstamo.
- Hipotecas multidivisa y otras cláusulas financieras complejas.
- Vencimiento anticipado: defensa cuando el banco da por vencido el préstamo.
- Ejecuciones hipotecarias: oposición, negociación y búsqueda de alternativas.
- Negociación con el banco: novaciones, carencias, dación en pago y medidas para deudores vulnerables.
Qué puedes reclamar
Si la cláusula suelo no superó el control de transparencia, es nula y el banco debe devolverte todo lo que cobró por ella desde el inicio del préstamo, con intereses. Así lo estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2016.
En cuanto a los gastos de hipotecas firmadas antes de la Ley 5/2019, los tribunales han reconocido que el banco debe asumir el registro, la gestoría y la tasación, y la mitad de la notaría. En las firmadas antes de noviembre de 2018, el impuesto de actos jurídicos documentados correspondía al cliente. Desde la Ley 5/2019, la mayoría de esos gastos corresponden directamente al banco.
Los plazos para reclamar los gastos han sido objeto de varias sentencias recientes. Revisamos tu caso concreto para comprobar si sigues a tiempo.
Sobre el IRPH, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado varias sentencias que obligan a examinar si el banco te informó con claridad de cómo funcionaba el índice y de su evolución. La respuesta depende de la documentación de cada préstamo, por lo que estudiamos la tuya antes de recomendarte reclamar.
Si no puedes pagar la hipoteca
Para hipotecas sujetas a la Ley 5/2019, el banco solo puede dar por vencido el préstamo si debes al menos el 3 % del capital o 12 cuotas en la primera mitad de su duración, o el 7 % o 15 cuotas en la segunda mitad. Además, debe requerirte el pago con al menos un mes de antelación.
Si recibes una demanda de ejecución hipotecaria, tienes 10 días para oponerte. Revisamos si hay cláusulas abusivas que permitan suspender o anular la ejecución, y estudiamos alternativas como la reestructuración de la deuda o la dación en pago a través del Código de Buenas Prácticas.
Dónde se tramita en Sevilla
Servicio de atención al cliente del banco. Toda reclamación empieza con un escrito al banco, que además sirve como intento previo de acuerdo antes de demandar.
Sección Civil del Tribunal de Instancia. La demanda de nulidad se presenta en tu domicilio. En la capital, en la Ciudad de la Justicia de Palmas Altas; en la provincia, en partidos como Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Carmona, Marchena o Lebrija.
Ejecuciones hipotecarias. Se tramitan ante la Sección Civil del partido judicial donde está la vivienda hipotecada.
Audiencia Provincial de Sevilla. Resuelve los recursos de apelación. Su criterio en materia hipotecaria es muy relevante para los asuntos de la provincia.
Cómo trabajamos
- Nos envías por WhatsApp o email la escritura de hipoteca y los recibos o el cuadro de amortización.
- Revisamos las cláusulas y te explicamos por escrito qué puedes reclamar, los plazos y el coste.
- Presentamos la reclamación al banco e intentamos un acuerdo.
- Si no hay acuerdo, presentamos la demanda y seguimos el procedimiento hasta el cobro.
Qué documentación necesitamos
- Escritura de préstamo hipotecario y, si las hay, novaciones.
- Facturas de notaría, registro, gestoría y tasación.
- Recibos o cuadro de amortización del préstamo.
- Correspondencia con el banco.
- Si hay ejecución, la demanda y los requerimientos recibidos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar la cláusula suelo si ya terminé de pagar la hipoteca?
Puede ser posible. Depende de cuándo terminaste de pagar y de las circunstancias del préstamo. Lo revisamos con tu escritura.
Firmé un acuerdo con el banco para quitar la cláusula suelo, ¿puedo reclamar?
Depende de cómo se redactó ese acuerdo y de si se te informó adecuadamente. Algunos acuerdos se han declarado válidos y otros no.
¿Qué gastos de mi hipoteca de Sevilla puedo recuperar?
En hipotecas anteriores a la Ley 5/2019, normalmente el registro, la gestoría, la tasación y la mitad de la notaría. Necesitamos las facturas o, si no las tienes, pedimos copias.
¿Cuánto tarda el procedimiento?
Si el banco acepta en la fase previa, pocos meses. Si hay que ir a juicio, depende de la carga de la plaza civil; muchos casos acaban con allanamiento del banco.
¿Me pueden quitar la casa si me retraso en un par de cuotas?
No. Con la Ley 5/2019 hacen falta impagos importantes para el vencimiento anticipado. Aun así, conviene negociar pronto con el banco.
¿Tengo que ir al juzgado?
En la mayoría de los casos no tienes que declarar. Gestionamos todo por escrito y te informamos de cada paso por email o WhatsApp.
Cuéntanos tu caso
Escríbenos por WhatsApp o llámanos al 611 190 309, o envía un email a info@martinezcastroabogados.com con la escritura de tu hipoteca. Te contestamos con una valoración de lo que puedes reclamar.
Contenido revisado por el equipo de Martínez Castro Abogados. Información general: cada caso requiere un estudio concreto.