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Martínez Castro Abogados Murcia

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Ley de Segunda Oportunidad en Murcia

Firmaste préstamos para sacar adelante un negocio que no funcionó, avalaste a un familiar o has ido encadenando tarjetas y créditos rápidos para llegar a fin de mes. Cada mes destinas casi todo tu sueldo a pagar intereses y la deuda no baja. La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos de buena fe cancelar las deudas que no pueden pagar. En Murcia te ayudamos a comprobar si puedes acogerte y a tramitar todo el procedimiento.

Cuéntanos tu caso por WhatsApp

Contents

  • 1. Cómo te ayudamos en Murcia
  • 2. Quién puede acogerse
  • 3. Las dos vías
  • 4. Durante el procedimiento
  • 5. Dónde se tramita en Murcia
  • 6. Cómo trabajamos
  • 7. Qué documentación necesitamos
  • 8. Preguntas frecuentes
    • 8.1. ¿Puedo cancelar las deudas si soy autónomo en activo?
    • 8.2. ¿Pierdo mi casa?
    • 8.3. ¿Me quitarán el coche?
    • 8.4. ¿Se cancelan las multas de tráfico?
    • 8.5. Avalé a mi hijo y ahora el banco me reclama. ¿Puedo acogerme?
    • 8.6. ¿Cuánto tiempo tarda en Murcia?
  • 9. Cuéntanos tu caso

Cómo te ayudamos en Murcia

  • Análisis previo de tus deudas, ingresos y bienes.
  • Exoneración sin plan de pagos, con liquidación de los bienes si los hay.
  • Exoneración con plan de pagos para conservar tu vivienda u otros bienes.
  • Autónomos con actividad en marcha o ya cerrada.
  • Deudas públicas: Hacienda y Seguridad Social, dentro de los límites legales.
  • Oposición de acreedores: defensa frente a bancos y fondos.

Quién puede acogerse

Cualquier persona física, consumidora o autónoma, en situación de insolvencia y que actúe de buena fe. No pueden acogerse, entre otros, quienes hayan sido condenados en los últimos diez años por delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico, o sancionados por infracciones muy graves tributarias o de la Seguridad Social.

Tampoco se cancelan todas las deudas: quedan excluidas, por ejemplo, las pensiones de alimentos y las responsabilidades civiles derivadas de delito. Las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social se cancelan hasta 10.000 euros por organismo, íntegramente los primeros 5.000 euros y al 50 % el resto hasta ese tope.

Las dos vías

En la exoneración con liquidación se realizan los bienes que tengas y, después, se cancelan las deudas que queden. Si no tienes bienes de valor, es la vía más rápida.

En la exoneración con plan de pagos no se liquidan tus bienes: te comprometes a pagar durante tres años, o cinco si conservas tu vivienda habitual, lo que tu situación permita. Al terminar, el resto queda cancelado.

Durante el procedimiento

Una vez declarado el concurso se paralizan, en general, los embargos y las ejecuciones. Debes informar con transparencia de todos tus bienes e ingresos. Si se descubre que ocultaste algo, la exoneración puede revocarse.

También es importante no contraer nuevas deudas ni hacer pagos preferentes a familiares o amigos antes de presentar la solicitud: el juzgado revisa las operaciones de los años anteriores y puede anular las que perjudiquen a los acreedores.

Tras la exoneración, los acreedores deben dar de baja la deuda en los ficheros de morosos. Si no lo hacen, se les puede requerir y reclamar.

Dónde se tramita en Murcia

Particulares sin actividad empresarial. El concurso se presenta ante la Sección Civil del Tribunal de Instancia del partido judicial de tu domicilio: en Murcia, en la Ciudad de la Justicia; en el resto de la Región, en Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Cieza, Totana, San Javier y demás partidos.

Autónomos y empresarios. Si ejerces una actividad empresarial o profesional, la competencia es de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Murcia, también en la Ciudad de la Justicia.

Cómo trabajamos

  1. Nos envías por WhatsApp o email la lista de deudas y tus ingresos.
  2. Hacemos el estudio de viabilidad y te decimos qué vía te conviene y su coste.
  3. Preparamos la solicitud con toda la documentación y la presentamos.
  4. Te acompañamos hasta la exoneración y te asesoramos en el plan de pagos, si lo hay.

Qué documentación necesitamos

  • DNI y empadronamiento.
  • Relación de deudas con contratos, extractos y requerimientos.
  • Nóminas, pensiones u otros ingresos y las tres últimas declaraciones de la renta.
  • Certificados de deudas con Hacienda y Seguridad Social.
  • Escrituras o documentación de vehículos y otros bienes.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cancelar las deudas si soy autónomo en activo?

Sí. Puedes seguir con tu actividad y pedir la exoneración, normalmente con un plan de pagos que tenga en cuenta tus ingresos previsibles. Lo tramita la Sección de lo Mercantil, y antes estudiamos si hay alternativas como un acuerdo con los acreedores.

¿Pierdo mi casa?

No necesariamente. Con un plan de pagos de cinco años puedes conservar la vivienda habitual si puedes seguir pagando la hipoteca.

¿Me quitarán el coche?

Si es necesario para tu trabajo y su valor no es elevado, puede considerarse un bien necesario para la actividad. Lo valoramos en el estudio previo, junto con el resto de tus bienes, para que sepas desde el principio qué conservarás.

¿Se cancelan las multas de tráfico?

Las sanciones administrativas tienen un tratamiento especial y algunas no son exonerables, como las muy graves. Lo revisamos con tu relación de deudas para que sepas exactamente qué quedará cancelado.

Avalé a mi hijo y ahora el banco me reclama. ¿Puedo acogerme?

Sí, la deuda como avalista es tuya y puede incluirse. Conviene estudiar también la situación de tu hijo como deudor principal, porque si él no se acoge, el banco seguirá reclamándole a él.

¿Cuánto tiempo tarda en Murcia?

Depende de la vía elegida y de la carga del juzgado. Sin bienes y sin oposición, suele resolverse en meses. Con plan de pagos, la exoneración definitiva llega al cumplirse el plan, aunque desde el principio dejas de pagar a los acreedores lo que no esté incluido en él.

Cuéntanos tu caso

Escríbenos por WhatsApp o llámanos al 611 190 309, o envía un email a info@martinezcastroabogados.com con un resumen de tus deudas. Te decimos si puedes acogerte y cómo.

Contenido revisado por el equipo de Martínez Castro Abogados. Información general: cada caso requiere un estudio concreto.

CONTACTO


MARTÍNEZ CASTRO ABOGADOS MURCIA

C/ de la Gloria 25b, 30003 Murcia

Teléfono: 611 190 309

info@martinezcastroabogados.com


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