Si te han despedido en Murcia, tienes 20 días hábiles para impugnar el despido. La Región combina la huerta y la agroindustria, las conservas de Molina de Segura, la industria y el puerto de Cartagena, el comercio de la capital y el turismo del Mar Menor y de La Manga. Cada sector tiene su convenio y sus costumbres, y revisamos el tuyo antes de presentar la papeleta.
Qué despidos llevamos en Murcia
- Despido disciplinario: la empresa te atribuye un incumplimiento grave, a veces tras una baja o una discusión.
- Despido objetivo: causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, común en pequeñas empresas del comercio, la construcción y la hostelería.
- Despido colectivo o ERE: afecta a varios empleados y exige periodo de consultas.
- Despido nulo: por vulneración de derechos fundamentales, embarazo, permisos de nacimiento o violencia de género.
- Despido improcedente: sin causa acreditada o con fallos de forma; da derecho a indemnización o readmisión.
En Murcia son muy frecuentes los contratos de campaña en la agroindustria, el trabajo en empresas de contratas y subcontratas del polígono de Cartagena y los ceses de trabajadores extranjeros sin contrato escrito. La relación laboral existe aunque no haya papeles: lo importante es poder demostrarla.
Plazo para impugnar: 20 días hábiles
Para reclamar cuentan 20 días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha en que se hace efectivo el despido, sin contar fines de semana ni festivos. Pasado ese tiempo ya no puedes impugnar. La papeleta ante la Dirección General de Trabajo detiene el plazo y este se retoma al día siguiente de la conciliación o de su fin.
Qué revisar en la carta de despido
- La causa concreta y los hechos que se te imputan, con fechas y detalles.
- La fecha de efectos del despido.
- En un despido objetivo, que se te haya ofrecido la indemnización y el preaviso de 15 días o su compensación.
- Que no firmes «conforme» ni renuncies a nada: firma solo el recibí de la carta.
Finiquito y firma «no conforme»
Firmar el finiquito con la expresión «no conforme» te permite cobrar la liquidación (salarios, vacaciones y pagas prorrateadas) y mantener intacto tu derecho a impugnar el despido y a reclamar lo que falte.
Cuánto te corresponde
- Improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. El tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 se calcula a 45 días por año.
- Objetivo procedente: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- Nulo: readmisión en tu puesto y abono de los salarios dejados de percibir.
- Disciplinario procedente: no hay indemnización.
Readmisión, salarios de tramitación y paro
Tras un despido improcedente la empresa opta entre readmitirte, con salarios de tramitación, o indemnizarte, sin ellos salvo que seas representante de los trabajadores. En el despido nulo, la readmisión es obligatoria y se pagan los salarios. El paro se pide en 15 días hábiles desde el despido, con 360 días cotizados en los seis últimos años.
Dónde se tramita un despido en Murcia
Conciliación ante la Dirección General de Trabajo. La papeleta se presenta ante la Dirección General de Trabajo de la Comunidad Autónoma, que celebra los actos en sus sedes de Murcia y Cartagena. Puede hacerse por la sede electrónica.
Sección de lo Social del Tribunal de Instancia. En Murcia está en la Ciudad de la Justicia (avenida Ciudad de la Justicia, s/n). Cartagena cuenta también con sección de lo Social para los asuntos de su comarca.
Suplicación. La resuelve la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.
Cómo trabajamos
- Nos envías por WhatsApp o email la carta de despido, el contrato y las últimas nóminas.
- Revisamos el caso, calculamos la indemnización y te explicamos las opciones por escrito.
- Presentamos la papeleta de conciliación dentro del plazo.
- Negociamos y, si no hay acuerdo, presentamos la demanda y te defendemos en el juicio.
Qué documentación necesitamos
- Carta de despido, burofax o comunicación de la empresa.
- Contrato y últimas nóminas.
- Finiquito, si te lo han dado.
- Vida laboral y mensajes que acrediten lo ocurrido.
Preguntas frecuentes
Trabajo en la agroindustria sin contrato escrito. ¿Puedo reclamar?
Sí. Si hay prestación de servicios a cambio de salario, hay relación laboral. Reúne mensajes, transferencias, testigos y fotos para acreditarla y reclama en 20 días hábiles.
¿Dónde se celebra la conciliación si vivo en Cartagena?
La Dirección General de Trabajo celebra actos en sus sedes de Murcia y Cartagena. También puede presentarse por vía electrónica.
¿Qué ocurre si cambia la contrata de la empresa donde trabajo?
El convenio puede obligar a la nueva adjudicataria a subrogarte. Si te despiden con ese cambio, hay que revisar la causa y quién responde.
¿Puedo cobrar el paro si impugno el despido en Murcia?
Sí. Impugnar el despido no impide solicitar la prestación por desempleo. Tienes 15 días hábiles desde el despido para pedirla en el SEPE.
¿Tengo que firmar el finiquito?
Puedes firmarlo escribiendo «no conforme». Así cobras lo que te deben y conservas el derecho a impugnar el despido.
¿Qué indemnización me corresponde si el despido es improcedente?
33 días de salario por año trabajado, hasta 24 mensualidades; lo anterior al 12 de febrero de 2012 se calcula a 45 días por año.
Cuéntanos tu caso
Escríbenos por WhatsApp, llama al 611 190 309 o envía un email a info@martinezcastroabogados.com con la carta de despido o un resumen de lo ocurrido. Si tu asunto laboral es otro, como nóminas impagadas, acoso o sanciones, consulta nuestra página de abogado laboralista en Murcia.
Contenido revisado por el equipo de Martínez Castro Abogados. Información general: cada caso requiere un estudio concreto.