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Abogado de despidos en Córdoba

¿Te han despedido en Córdoba? Cuentas con 20 días hábiles para reaccionar, y cada día que pasa reduce tu margen. Entre la campaña del olivar, la hostelería del casco histórico, las bodegas de Montilla-Moriles, el comercio y la industria de Lucena, los despidos adoptan formas distintas. Estudiamos tu carta o tu situación y te decimos con claridad qué opciones tienes antes de que venza el plazo.

Cuéntanos tu caso por WhatsApp

Contents

  • 1. Qué despidos llevamos en Córdoba
  • 2. Plazo para impugnar: 20 días hábiles
  • 3. Qué revisar en la carta de despido
  • 4. Finiquito y firma «no conforme»
  • 5. Cuánto te corresponde
  • 6. Readmisión, salarios de tramitación y paro
  • 7. Dónde se tramita un despido en Córdoba
  • 8. Cómo trabajamos
  • 9. Qué documentación necesitamos
  • 10. Preguntas frecuentes
    • 10.1. ¿Qué pasa si cambia la empresa adjudicataria del servicio donde trabajo?
    • 10.2. ¿Puedo reclamar por un contrato de campaña del olivar?
    • 10.3. ¿Dónde se celebra el juicio por despido en Córdoba?
    • 10.4. ¿Puedo cobrar el paro si impugno el despido en Córdoba?
    • 10.5. ¿Tengo que firmar el finiquito?
    • 10.6. ¿Qué indemnización me corresponde si el despido es improcedente?
  • 11. Cuéntanos tu caso

Qué despidos llevamos en Córdoba

  • Despido disciplinario: la empresa alega un incumplimiento, como impuntualidad, bajo rendimiento o una discusión con un superior.
  • Despido objetivo: causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, frecuente en pequeñas empresas del mueble y del comercio cuando bajan los pedidos.
  • Despido colectivo o ERE: despidos en bloque que exigen negociar con la representación de los trabajadores.
  • Despido nulo: por discriminación, represalia o vulneración de derechos fundamentales, o en situaciones protegidas como el embarazo.
  • Despido improcedente: sin causa acreditada o con defectos de forma; la empresa debe readmitirte o indemnizarte.

En la provincia de Córdoba se repiten los contratos de campaña en el olivar, los fijos discontinuos que no son llamados y las empresas auxiliares de industrias grandes que despiden al cambiar de contrata. Si tu empresa cambia de adjudicataria, el convenio puede obligar a la nueva a subrogarte.

Plazo para impugnar: 20 días hábiles

Para reclamar cuentan 20 días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha en que se hace efectivo el despido, sin contar fines de semana ni festivos. Pasado ese tiempo ya no puedes impugnar. La papeleta ante el CMAC detiene el plazo y este se retoma al día siguiente de la conciliación o de su fin.

Qué revisar en la carta de despido

  • La causa concreta y los hechos que se te imputan, con fechas y detalles.
  • La fecha de efectos del despido.
  • En un despido objetivo, que se te haya ofrecido la indemnización y el preaviso de 15 días o su compensación.
  • Que no firmes «conforme» ni renuncies a nada: firma solo el recibí de la carta.

Finiquito y firma «no conforme»

Firmar el finiquito con la expresión «no conforme» te permite cobrar la liquidación (salarios, vacaciones y pagas prorrateadas) y mantener intacto tu derecho a impugnar el despido y a reclamar lo que falte.

Cuánto te corresponde

  • Improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. El tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 se calcula a 45 días por año.
  • Objetivo procedente: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Nulo: readmisión en tu puesto y abono de los salarios dejados de percibir.
  • Disciplinario procedente: no hay indemnización.

Readmisión, salarios de tramitación y paro

Tras un despido improcedente la empresa opta entre readmitirte, con salarios de tramitación, o indemnizarte, sin ellos salvo que seas representante de los trabajadores. En el despido nulo, la readmisión es obligatoria y se pagan los salarios. El paro se pide en 15 días hábiles desde el despido, con 360 días cotizados en los seis últimos años.

Dónde se tramita un despido en Córdoba

Conciliación en el CMAC. Presentamos la papeleta en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Junta de Andalucía de Córdoba, en la avenida del Gran Capitán, 12.

Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Córdoba. Tiene sede en la Ciudad de la Justicia (calle Isla Mallorca) y conoce de los despidos de toda la provincia, incluidos Lucena, Puente Genil, Montilla, Pozoblanco o Cabra.

Suplicación. Se recurre ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.

Cómo trabajamos

  1. Nos envías por WhatsApp o email la carta de despido, el contrato y las últimas nóminas.
  2. Revisamos el caso, calculamos la indemnización y te explicamos las opciones por escrito.
  3. Presentamos la papeleta de conciliación dentro del plazo.
  4. Negociamos y, si no hay acuerdo, presentamos la demanda y te defendemos en el juicio.

Qué documentación necesitamos

  • Carta de despido, burofax o comunicación de la empresa.
  • Contrato y últimas nóminas.
  • Finiquito, si te lo han dado.
  • Vida laboral y mensajes que acrediten lo ocurrido.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si cambia la empresa adjudicataria del servicio donde trabajo?

Depende del convenio colectivo y del contrato: en muchos sectores la nueva empresa debe subrogar a la plantilla. Si te despiden con ese cambio de por medio, hay que revisar quién es el responsable.

¿Puedo reclamar por un contrato de campaña del olivar?

Sí. Si no te llaman al inicio de campaña siendo fijo discontinuo, o si encadenaste contratos temporales fraudulentos, puedes impugnarlo en 20 días hábiles.

¿Dónde se celebra el juicio por despido en Córdoba?

En la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Córdoba, en la Ciudad de la Justicia, si no hay acuerdo en el CMAC.

¿Puedo cobrar el paro si impugno el despido en Córdoba?

Sí. Impugnar el despido no impide solicitar la prestación por desempleo. Tienes 15 días hábiles desde el despido para pedirla en el SEPE.

¿Tengo que firmar el finiquito?

Puedes firmarlo escribiendo «no conforme». Así cobras lo que te deben y conservas el derecho a impugnar el despido.

¿Qué indemnización me corresponde si el despido es improcedente?

33 días de salario por año trabajado, hasta 24 mensualidades; lo anterior al 12 de febrero de 2012 se calcula a 45 días por año.

Cuéntanos tu caso

Escríbenos por WhatsApp, llama al 611 190 309 o envía un email a info@martinezcastroabogados.com con la carta de despido o un resumen de lo ocurrido. Si tu asunto laboral es otro, como nóminas impagadas, acoso o sanciones, consulta nuestra página de abogado laboralista en Córdoba.

Contenido revisado por el equipo de Martínez Castro Abogados. Información general: cada caso requiere un estudio concreto.

CONTACTO


MARTÍNEZ CASTRO ABOGADOS CÓRDOBA

C/ Morería 5, 14008 Córdoba

Teléfono: 611 190 309

info@martinezcastroabogados.com


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