Préstamos personales, tarjetas, avales de un negocio que cerró o deudas con Hacienda: en una provincia donde la vivienda absorbe buena parte del sueldo, es fácil que las cuentas dejen de cuadrar. La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos que actúan de buena fe cancelar las deudas que no pueden pagar. Estudiamos tu situación y te decimos con claridad si puedes acogerte y qué camino conviene.
Qué te ayudamos a tramitar en Barcelona
- Estudio previo de tus deudas, ingresos y bienes para saber si cumples los requisitos.
- Concurso de persona física, con o sin bienes, para particulares y autónomos.
- Exoneración del pasivo insatisfecho tras la liquidación de bienes.
- Plan de pagos para conservar la vivienda habitual u otros bienes.
- Negociación con bancos y acreedores cuando es posible un acuerdo.
Requisitos y límites de la exoneración
La ley exige que seas un deudor de buena fe. Entre otros supuestos, no podrás exonerar tus deudas si en los diez años anteriores has sido condenado por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, la Hacienda Pública o la Seguridad Social, o si has sido sancionado por infracciones tributarias muy graves.
Hay dos vías. Con la liquidación, se venden tus bienes y se cancela la deuda restante. Con el plan de pagos, conservas tus bienes y pagas durante tres años, o cinco si quieres mantener la vivienda habitual.
No todas las deudas se cancelan. Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social se exoneran hasta 10.000 euros por deudor: los primeros 5.000 euros íntegramente y, a partir de ahí, la mitad. No se cancelan las pensiones de alimentos ni las indemnizaciones derivadas de delito.
Si ya obtuviste una exoneración, no puedes pedir otra hasta pasados dos años si fue con plan de pagos, o cinco años si fue con liquidación.
¿Y si tengo hipoteca o soy autónomo?
La vivienda con hipoteca puede conservarse en algunos casos mediante el plan de pagos, siempre que puedas seguir pagando el préstamo. Si eres autónomo, también puedes acogerte, incluso con el negocio en marcha. Lo valoramos con tus números reales antes de presentar nada.
Qué pasa cuando se declara el concurso
Una vez declarado el concurso, con carácter general se suspenden los embargos y ejecuciones individuales de tus acreedores y dejan de devengarse intereses, salvo excepciones como los créditos con garantía real. Eso te da un respiro mientras el tribunal decide sobre la liquidación o el plan de pagos.
Durante el procedimiento debes colaborar con el tribunal y, en su caso, con el administrador concursal, y no puedes ocultar bienes ni ingresos. Actuar con transparencia es imprescindible para obtener la exoneración.
Dónde se tramita en Barcelona
Si eres un particular sin actividad empresarial, el concurso se tramita ante la Sección Civil del Tribunal de Instancia de tu domicilio. Si eres empresario o autónomo, ante la Sección de lo Mercantil. En Barcelona capital, ambas están en el edificio C de la Ciutat de la Justícia (Gran Via de les Corts Catalanes, 111).
Si vives fuera de la ciudad, en partidos judiciales como Sabadell, Terrassa, Mataró o Granollers, el concurso de un particular lo tramita la Sección Civil de tu zona, mientras que el de un autónomo corresponde a la Sección de lo Mercantil.
Cómo trabajamos
- Nos envías por WhatsApp o email la lista de deudas y tus últimos ingresos.
- Analizamos si cumples los requisitos y te enviamos un presupuesto cerrado.
- Preparamos la solicitud de concurso con toda la documentación.
- Seguimos el procedimiento hasta la resolución de exoneración.
Qué documentación necesitamos
- DNI o NIE y certificado de empadronamiento.
- Relación de deudas con contratos, extractos, requerimientos de pago y, si los hay, procedimientos judiciales o embargos en curso.
- Informe de la CIRBE del Banco de España, que recoge tus riesgos con entidades financieras.
- Nóminas, pensiones o declaraciones de IVA y renta de los últimos años.
- Certificados de deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
- Escrituras de bienes y extractos bancarios recientes.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se presenta el concurso de un particular en Barcelona?
Ante la Sección Civil del Tribunal de Instancia de tu domicilio. En Barcelona capital está en la Ciutat de la Justícia, en Gran Via de les Corts Catalanes, 111. Si eres autónomo, lo tramita la Sección de lo Mercantil.
¿Me quitarán la vivienda?
Con la liquidación, en principio la vivienda se vende para pagar a los acreedores. Con un plan de pagos de cinco años puedes intentar conservarla si puedes seguir pagando la hipoteca.
¿Se cancelan las deudas con Hacienda?
Solo en parte: hasta 10.000 euros por deudor, entre Hacienda y la Seguridad Social, según la escala legal.
¿Apareceré en ficheros de morosos después?
La resolución de exoneración debe reflejarse en los sistemas de información crediticia, de modo que las deudas canceladas no sigan figurando como impagadas.
¿Cuánto tarda el proceso?
Un concurso sin bienes puede resolverse en meses. Con liquidación o plan de pagos se alarga, según la carga del tribunal.
¿Puedo acogerme si mis deudas vienen de un negocio en Sabadell que cerré?
Sí. Las deudas de un negocio cerrado, incluidos los avales personales, pueden incluirse si cumples los requisitos de buena fe.
Cuéntanos tu caso
Escríbenos por WhatsApp o llámanos al 611 190 309, o escribe a info@martinezcastroabogados.com con una relación aproximada de tus deudas. Te diremos si puedes acogerte a la ley.
Contenido revisado por el equipo de Martínez Castro Abogados. Información general: cada caso requiere un estudio concreto.